Cantos rodados y letras afiladas, recuerdos, guiños literarios, inquietudes... La vida, mis cosas y yo.
sábado, 19 de febrero de 2011
miércoles, 16 de febrero de 2011
Love is a Losing Game
a lo que has de ser
conmigo,
tendida ya,
paralela,
en la muerte o en
el beso.
Horizontal es la
noche
en el mar, gran masa
trémula
sobre la tierra
acostada,
vencida sobre la
playa.
El estar de pie,
mentira,
sólo correr o
tenderse.
Y lo que tú y yo queremos
y el día -ya tan
cansado
de estar con su
luz, derecho-
es que nos llegue,
viviendo
y con temblor de
morir,
en lo más alto del
beso,
ese quedarse
rendidos
por el amor más
ingrávido,
al peso de ser de
tierra,
materia, carne de
vida.
En la noche y la trasnoche,
En la noche y la trasnoche,
y el amor y el
transamor,
ya cambiados
en horizontes
finales,
tú y yo, de
nosotros mismos.
domingo, 13 de febrero de 2011
Notas Para Un Blues
"Sol
o he logrado el punzón de la pica, la lágrima del diamante,
Ana Rosetti, poetisa de San Fernando, Cádiz.
N otas para un blues... fragmento...
o he logrado el punzón de la pica, la lágrima del diamante,
los caprichos del trébol.
Quizá no existan los corazones.
Quizá es que sea imposible
elegir...
La
bios sellados, custodios del mejor guardado secreto,
bios sellados, custodios del mejor guardado secreto,
del recinto en donde las palabras reanudan sus batallas silenciosas,
sus pacientes y refinados ejercicios de rencor...
sus pacientes y refinados ejercicios de rencor...
Si
crees que es paciencia, resignación,
inmunidad o anestesia
te equivocas.
te equivocas.
viernes, 11 de febrero de 2011
La prueba del nueve
Les ha llevado treinta años
decidirse a levantar la voz contra la violencia de ETA. Y aunque lo han hecho de una forma milimétricamente estudiada,
no seré yo quien ponga palos en las ruedas de su recién estrenada andadura.
Pero he de confesar que ganas de poner y dejar en claro unas cuantas cosas
tengo para regalar. Pero ésa es otra historia. Como lo es también la del qué será, será en el tema de la
legalización o no de SORTU, para unos
la nueva marca de la batasuna tradicional, para otros el nacimiento de una
formación política en toda regla.
Analizando la cuestión desde una
perspectiva estrictamente jurídica no contemplo otra posibilidad conforme a
Derecho que la inscripción de SORTU
en el Registro de Partidos Políticos, avalando su incorporación plena y por
derecho al juego de la política. La opinión de diferentes juristas
especializados en la materia es prácticamente unánime: los Estatutos rubricados
por SORTU cumplen las exigencias
legales de manera escrupulosa y sin atisbo de duda. Es más, si nos atenemos a
la literalidad de la norma -la Ley
de Partidos- y las exigencias jurisprudenciales, los de SORTU tendrían menos dificultades que otros estatutos de cualquier
partido que se nos ocurra para superar la criba de legalidad. Vivir para ver.
Es en este contexto que la
introducción de condicionantes tales como “son
los de siempre”, “deben pasar una cuarentena”, “no me lo creo” o “no son de
fiar” para forzar con ello una interpretación restrictiva de la Ley supone, lisa y llanamente,
hacer un juicio de intenciones. Lo cual
debería ser jurídicamente irrelevante y, en su caso, habría de cobrar carta de
naturaleza a la par que el resto de las posibles en el ámbito de las opiniones
políticas. E idéntica irrelevancia cabe señalar respecto a la necesidad de
condenar explícitamente el pasado de la organización terrorista ETA porque, lo
queramos o no e independientemente de que esa no condena nos parezca execrable
o inmoral, ello no es una exigencia de la Ley de Partidos, que no hace referencia alguna ni
expresa ni concreta a dicha circunstancia. Ni siquiera el término condena, como tal, está legalmente previsto
como inexcusable a la hora de tomar postura, antes o después, frente a la
violencia de ETA.
Un elemento jurídicamente
determinante para el acceso del nuevo partido a la legalidad es la de su
consideración o no como “continuación” de otros ya ilegalizados. En este
sentido, la literalidad de los Estatutos de SORTU
echa por tierra dicha posibilidad, y el hecho de que existan personas que
coinciden como militantes del nuevo partido y de alguno de los anteriores no es
razón suficiente para adverar dicha sucesión o continuidad. Entre otras razones,
porque estas personas no tienen restringidos sus derechos fundamentales, entre
los que está el de participación política, amparado por la presunción de constitucionalidad, esto es y
por decirlo en lenguaje llano, que no cabe presumir “culpabilidad” en el
ejercicio de un derecho de entre los fundamentales reconocidos por la Constitución. Y
porque, ya sea individualmente o como organización política, primaría siempre
el hecho de haber modificado su postura en un elemento absolutamente
determinante para la Ley ,
cual es la violencia. SORTU la
rechaza rotunda e inequívocamente, tanto es así que sus estatutos proclaman
expresamente que la violencia de ETA, así como cualquier conducta connivente
con ella, es incompatible con los objetivos políticos que persigue la nueva
formación. Su desmarque del juego violento es evidente: quien no asuma este
principio no será incluido en las listas electorales y adquieren el compromiso
de, caso de sobrevenir dicha connivencia en alguno de sus militantes, y protagonizaran
alguna de las conductas previstas en el artículo 9 de la Ley de Partidos, ello sería
motivo de expulsión. Esto es lo que hay,
lo que sostienen, lo que han suscrito y esto, o incluso bastante menos, es lo
que se le viene reclamando desde hace años y desde instancias de todos los
colores a la izquierda abertzale afín a la ilegalizada Batasuna. ¿O no?
Cualquiera de nosotros, cualquiera, todo ciudadano que tenga una opinión al respecto puede explayarse y quedarse tan a gusto esbozando cuantos requisitos añadidos a los estrictamente previstos enla Ley se nos
ocurran y con ello justificar la no legalización de SORTU, los que anteriormente he mencionado o cualesquiera otros.
Pero los tribunales, a donde parece ya abocado el procedimiento iniciado ante el
Ministerio de Interior para su inscripción en el registro correspondiente –el
Ministro Pérez Rubalcaba acaba de proclamar públicamente que no es otra cosa
que BATASUNA con nueva siglas y
nuevos estatutos- no pueden argüir condicionantes ni sostener exigencias que no
tengan un respaldo legal explícito. Porque la misión del juez no es crear o
responder a estados de opinión, su misión es, lisa y llanamente, aplicar la
ley.
Cualquiera de nosotros, cualquiera, todo ciudadano que tenga una opinión al respecto puede explayarse y quedarse tan a gusto esbozando cuantos requisitos añadidos a los estrictamente previstos en
Y es precisamente la Ley de Partidos, denostada por
unos y elevada a los altares por otros, la que garantiza, en mi humilde
opinión, la plena viabilidad jurídica de SORTU
como nuevo partido político. Y si todo ello no pareciera suficiente y
sobrevinieran causas que la cuestionaran, merece la pena recordar que el Estado de Derecho se ha dotado de mecanismos más que suficientes para
ilegalizar a posteriori a quienes no cumplan con la ley. Sean estos quienes
fueren. Será pues la Sala
61 del Tribunal Supremo y, en su caso, el Tribunal Constitucional, quienes se
pronuncien a no mucho tardar sobre el futuro legal de SORTU, que no sobre su futuro político. Éste sólo depende de ellos, eso es lo que nos
han dicho. Mantener su palabra es y será
su verdadera prueba del nueve.
jueves, 10 de febrero de 2011
The first time ever I saw your face...
... dejo mi corazón en tu almohada. Y en el aire que respiro, una canción.
The first
time ever I saw your face
I thought
the sun rose in your eyes
And the
moon and the stars
were the
gifts you gave
To the dark
and the empty skies, my love…
The first
time ever I kissed your mouth
I felt the
earth move in my hand
Like the
trembling heart of a captive bird
That was
there at my command, my love…
The first
time ever I lay with you
I felt your
heart so close to mine
and I knew
our joy would fill the earth
and last
till the end of time, my love…
The first
time ever I saw your face,
your face…
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